Convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en Andalucía.

El pasado jueves día 31 se ha publicado en el BOJA nº 251 la Orden de 21 de diciembre de 2020, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La convocatoria, paralela a la destinada a edificios publicada el día 30 y de la que ya hemos informado, se regirá por las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía aprobadas como Anexo II de la Orden 14 de enero de 2019 (BOJA núm. 12, de 18 de enero de 2019).

Las subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de viviendas con deficiencias en sus condiciones básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que, incluidas entre las relacionadas en la base sexta de las bases reguladoras, resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas propietarias o arrendatarias que reúnan los requisitos previstos en la base quinta de las bases reguladoras.

La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 10.000.000,00 euros, estando limitada, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes.

La distribución del crédito entre los distintos ámbitos territoriales establecidos en el apartado segundo de la base duodécima de las bases reguladoras se ha realizado teniendo en cuenta el peso poblacional de las provincias en el conjunto de la Comunidad Autónoma, según las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a fecha 1 de enero de 2019, siendo el siguiente:

Línea 1. Obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad.

Línea 2. Obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

Las personas solicitantes de las actuaciones que cumplan lo establecido en las bases tercera a séptima de las bases reguladoras podrán ser beneficiarias de una subvención de cuantía equivalente al 40% del presupuesto protegible de la actuación, con carácter general, o del 75% si los ingresos de la unidad de convivencia residente en la vivienda son inferiores a 3 veces el IPREM o resida en la misma una persona con discapacidad o mayor de 65 años y acometan actuaciones para la mejora de la accesibilidad. En cualquier caso, el importe de la subvención resultante no podrá superar las cuantías máximas recogidas en la base octava de las bases reguladoras.

Teniendo en cuenta la cuantía total máxima de la convocatoria y el coste estimado de las actuaciones a subvencionar, se estima que se financiarán actuaciones sobre un total de 1.400 viviendas con una subvención media estimada por vivienda de 7.140,00 euros.

El plazo de presentación de solicitudes arranca este 4 de enero, siendo la fecha límite el 2 de marzo de 2021, inclusive.

El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados junto con la convocatoria y en el siguiente enlace.